DISCAPACIDAD: SIN VOLUNTAD (PARTE I)   Con este simple título, podríamos resumir el balance de este año en materia de discapacidad en la Argentina, habida cuenta de los escaso...

DISCAPACIDAD: SIN VOLUNTAD (PARTE I)

 
Con este simple título, podríamos resumir el balance de este año en materia de discapacidad en la Argentina, habida cuenta de los escasos avances ocurridos durante el presente año.
 
Y ello ha sido reconocido por la Fundación Par, en su libro "La discapacidad en la Argentina: un diagnóstico de situación y políticas públicas vigentes a 2005", como por la Comisión de Seguimiento del Cumplimiento de la Ley Nº 25.280 (Convención Interamericana  sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad), norma aún no reglamentada pese al proyecto de reglamentación existente, en su Informe Anual 2005, más allá de la cercanía o lejanía de sus integrantes con el poder político o económico, como también con algunos factores de poder que siguen influyendo sensiblemente en la toma de decisiones en el sector público.
 
A modo de introducción, podemos recordar que el año pasado fue el Año Iberoamericano de los Derechos de las Personas con Discapacidad, del cual solamente se advirtió la necesidad de la gratuidad del transporte público de pasajeros que se materializó con la reglamentación de la Ley Nº 25.635, mediante el Decreto Nº 38/04 por parte del Poder Ejecutivo Nacional, lo que fue fuertemente resistido durante el corriente año por numerosas empresas y empresarios del transporte, llegando inclusive a la interposición de recursos de amparo contra el Estado Nacional.
 
El incumplimiento sistemático de la normativa vigente en el sector público y la desidia social sigue perpetuándose de la mano del continuismo neoliberal, el mismo que prefirió pagar 9810 millones de dólares al FMI antes que destinarlo a pagar la cuantiosa y sustancial deuda interna en lo social. Ambas cuestiones inciden notablemente en la calidad de vida de los 2.176.123 personas con discapacidad, cuya distribución etaria revela que un 12%, son niños, niñas y adolescentes de 0 a 14 años; un 41%, corresponde a jóvenes y adultos de 15 a 64 años y cuya gran mayoría forma parte de la población económicamente activa y un 47%, corresponde a adultos mayores de 65 años, de acuerdo a los datos de la Encuesta Nacional de Discapacidad, complementaria del Censo 2001 realizado por el INDEC. Sin embargo, estas cifras debemos relativizarlas porque, en sí mismas, resultan de un muestreo estadístico, el que no contempla la real cantidad de la población con discapacidad en la Argentina como también es posible que no contemple la verdadera cifra negra existente y por otro lado, debemos tener en cuenta que, muchas veces, son manipuladas con la intención de minimizar la problemática socioeconómica que, por sí misma, encierra.
 
Sin embargo, y a pesar de lo expresado anteriormente, resulta un dato notable que el 81,8% de este colectivo no tiene ningún Certificado de Discapacidad, nacional o provincial, que les permita acceder a los beneficios establecidos por las Leyes Nº 22.431 y 24.901. Esto habla a las claras del profundo desconocimiento de sus integrantes acerca de sus derechos como de la sistemática desidia estatal y social con el fin indudable de su invisibilización que, en forma paradójica, contrasta con un cuerpo legal de avanzada para un Estado latinoamericano.
 
Antes de comenzar a analizar lo sucedido durante el corriente año, es importante tener en cuenta la composición de este colectivo según el tipo y multiplicidad de discapacidad. Por lo primero, encontramos que un 39,5% tiene discapacidad motora; un 22%, visual; un 18%, auditiva y un 15,1 mental como también, por lo segundo, advertimos que el 73,9% tiene una sola discapacidad, cuya mayoría es motora; el 20,1%, tiene dos discapacidades y el 5,9% tiene tres o más discapacidades.
 
De acuerdo a estos datos y a los paradigmas existentes, tanto en el ámbito estatal como en el social, podemos advertir la subsistencia del principio de subsidiariedad del Estado que llevó, y sigue llevando, a la desprotección de este colectivo vulnerable por su propia condición y que se materializa en la continuidad de la inaccesibilidad del medio físico como a sus Derechos Humanos fundamentales en su totalidad (salud, educación, empleo y vivienda), debido a la ausencia de políticas públicas activas en la materia como también de una auténtica conciencia social.
 
Durante el corriente año, el denominador común de los avances fue la judicialización en el ejercicio de los derechos por parte de algunas personas con discapacidad con el fin de acceder a los beneficios otorgados por la normativa vigente, cuyo cumplimiento es obligatorio para los entes estatales y aquellos que suplen la acción estatal.
 
En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, solamente puede rescatarse la reglamentación de la Ley de la Ciudad Nº 1502, referida al cupo laboral del 5% en la Administración Comunal y en las empresas privatizadas de servicios públicos, mediante el Decreto Nº 812 para advertir la lentitud en su implementación debido a la realización del censo de personal establecido por dicha norma, el que no ha finalizado aún como asimismo la falta de adecuación de los estatutos particulares, como el Estatuto del Docente, para la incorporación de personas con discapacidad en los ámbitos educativos y sanitarios dependientes del Gobierno de la Ciudad. Esta cuestión ha motivado la interposición de dos recursos de amparo resueltos a favor de los amparistas, luego de las burdas y falaces excusas puestas por el Ejecutivo de la Ciudad durante el transcurso de los respectivos procesos tal como hemos señalado desde esta columna.
 
En el ámbito nacional, es notable la inacción de la CONADIS, señalada por el libro de la Fundación Par en forma significativa, organismo que se ha limitado, al parecer, a otorgar subsidios mientras todavía la Ley Nacional Nº 25.689, sobre el cupo laboral del 4% en la Administración Pública y en las empresas privatizadas, sigue sin ser reglamentada.
 
Sin voluntad, desde el Estado y la sociedad, es el precario resumen de un año más de postergaciones para un colectivo sistemáticamente ninguneado y por ende, excluído de la posibilidad de alcanzar una igualdad de oportunidades que le permita insertarse en la vida política, económica y social.
 
Ahora bien, ¿qué perspectivas existen para el 2006? ¿cuáles son las posibilidades para su concreción? ¿cuál deberá ser el rol de los integrantes del colectivo?. Son tres preguntas que, con el análisis de cada problemática en particular, hemos de desarrollar en sucesivas notas para terminar de comprender y, sobre todo, de actuar en consecuencia para que el nepotismo, el amiguismo y el clientelismo sean, junto a la vía judicial, la única forma por la cual puedan ejercer sus derechos.
 
Prof. Juan Carlos Sánchez
Cs. Jurídicas, Políticas y Sociales
(I.S.P. "Dr. Joaquín V. González")

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